martes, 4 de marzo de 2008

REQUISITOS PARA ADOPCION INTERNACIONAL EN MEXICO POR SOLICITANTES DE PAISES DONDE NO SE APLICA LA CONVENCION DE LA HAYA 1993

Los solicitantes extranjeros que deseen adoptar a un menor mexicano, deberán cumplir con los requisitos siguientes:
I.- Deberán presentar la documentación señalada en el artículo anterior traducida al idioma
español por perito autorizado en su país, y debidamente legalizada o apostillada;
II.- Carta manifestando la voluntad de adoptar, señalando la edad y sexo del menor que se
pretende adoptar;
III.- Presentar estudios socioeconómicos y psicológicos practicados por Institución Pública o
Privada de su país de origen, debidamente traducidos al idioma español por perito autorizado, y
debidamente legalizados o apostillados;
IV.- Presentar autorización del país de origen o de residencia para adoptar a un menor
mexicano;
V.- Aceptación expresada de tener una convivencia mínima de una semana y máxima de tres
con el menor asignado en la ciudad en que se ubique el centro asistencial, la que se llevará a
cabo previamente al procedimiento judicial de adopción;
VI- Aceptación expresada de que la Institución realice el seguimiento del menor dado en
adopción, a través de autoridades mexicanas en su país de origen;

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